Embargos por comparendos de tránsito

¿Qué hacer en caso de un embargo por comparendo de tránsito? ¿Me pueden embargar mi salario o dinero en cuenta bancaria?

Embargos por comparendos de tránsito

Si obtuviste un comparendo de tránsito hace tiempo y no realizaste el procedimiento necesario para pagar, puede que este pase a cobro coactivo. El cobro coactivo es una forma de instar a deudor para que cancele una deuda.

Una de las maneras que tienen las autoridades para demandar que un infractor cumpla con sus obligaciones es la orden de embargo.

El embargo es una figura donde los bienes del deudor son retenidos, con el fin de que se pueda pagar total o parcialmente la deuda a los acreedores y quedar a paz y salvo.

En el caso de deudas por multas de tránsito, el embargo sucede cuando se han agotado los procesos previos para impulsar el pago de la deuda vencida. Este procedimiento se debe realizar posterior a la notificación al infractor.

Un aspecto a destacar es que, mientras exista una orden de embargo, el propietario no podrá vender o disponer del vehículo. Para evitar comprar un vehículo con orden de embargo, te invitamos a revisar el informe Autofact, que le proveerá del estado legal de cualquier vehículo usado.

¿Cómo evitar el embargo por deudas de tránsito?

El primer paso para evitar el proceso de embargo es pagar la multa que originó el cobro coactivo de forma online o en las entidades autorizadas. Luego se debe llenar el formato de solicitud de desembargo correspondiente.

La solicitud se presenta de manera presencial en las oficinas de Movilidad o a través de medios online. Para mayor información, te puedes comunicar con el Centro de Contacto de Movilidad (601) 364-94-00 opción 2. El horario de atención es de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 05:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 pm. La línea 195 funciona de lunes a domingo, las 24 horas al día.

¿Qué tipos de embargo pueden realizar las autoridades de tránsito?

El embargo más común consiste en bloquear la cuenta bancaria del deudor, así no cuente con suficiente dinero para saldar la obligación. También se puede realizar el descuento del salario o cuenta bancaria. Pero esto es solo una medida preventiva.

Si bien la oficina de Movilidad puede congelar un monto de una cuenta bancaria, para hacer uso de ese dinero, se necesita la autorización del titular. Para esto se debe llenar el formato de “Solicitud de apropiación de depósito judicial” disponible en el sitio web. Esto permitirá pagar la deuda y quedar a paz y salvo.

Otra opción es cancelar la totalidad de la deuda aparte y pedir el reembolso de la cantidad retenida a través de la “Solicitud entrega de título depósito judicial”.

En el caso de embargo de vehículos, se retiene el automotor, pero no puede ser vendido mientras exista un proceso de desembargo. Si la deuda no es cancelada definitivamente, se ordena el remate del vehículo.

En el caso de que se logre pagar lo adeudado, se debe solicitar el levantamiento de embargo del vehículo ante la Secretaría de Movilidad.

Si el vehículo se encuentra retenido en patios, el propietario deberá pagar, además de la deuda, el costo generado por la retención del vehículo en el patio. Las autoridades son las que dan la orden para la entrega del vehículo.

¿Qué hacer si me han embargado por error?

Puede surgir la situación de que se inicie un proceso de embargo de manera errónea a personas que no corresponde.

Para solventar esta cuestión, se debe pedir una verificación en la Subdirección de Contravenciones al Tránsito de la Secretaría de Movilidad. En caso de que se compruebe la falta, se anulará el proceso.

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