De acuerdo con la Alcaldía de Bogotá, cada mes, entre 4.000 y 5.000 vehículos son llevados a patios municipales, a la espera de que sean reclamados. La causa más frecuente es por estar mal estacionado, pero existen muchas otras razones por las que las autoridades pueden inmovilizar un vehículo.
Por eso, en este post verás cuáles son las infracciones de tránsito que incluyen la inmovilización del vehículo y los pasos que tendrás que seguir si fuiste sancionado de esta manera.
Es un procedimiento que consiste en la suspensión de circulación de un automóvil y su posterior traslado a un patio municipal o parqueadero autorizado, por parte de las autoridades de Tránsito, debido a la infracción de una o más normas de tránsito.
Si la causa de la sanción puede ser subsanada en el lugar, la autoridad deberá detener la inmovilización. Por ejemplo, si la infracción es otorgada por no portar el pase de conducción, el conductor tendrá un tiempo estimado para presentarlo (entre 30 y 45 minutos) antes de que se lleven el vehículo.
Igualmente, el artículo 127 de Código Nacional de Tránsito Terrestre establece que, si el vehículo está mal estacionado, la autoridad de Tránsito no podrá inmovilizar el vehículo cuando el propietario se encuentra en el dicho sitio, pero sí se pondrá comparendo correspondiente.
Un 44% de las infracciones descritas en el código antes mencionado pueden dar pie a la inmovilización de un vehículo. Entre ellas se encuentran las siguientes:
La Ley indica que la orden de entrega del vehículo se emitirá por la autoridad de tránsito competente, previa comprobación directa de haberse subsanado la causa que motivó la inmovilización.
Para esto, el responsable del vehículo debe acercarse inicialmente al parqueadero donde se encuentra inmovilizado el vehículo y corregir la falla que dio origen a la inmovilización, donde le será entregado el Inventario de Patios y Registro de Subsanación, para posteriormente dirigirse a la Secretaría Distrital de Movilidad.
Allí, el infractor deberá realizar los pagos correspondientes al comparendo y el valor por concepto de patios y grúas. Luego se podrá retirar el vehículo del patio.
Si tu vehículo fue inmovilizado, pero no conoces el patio hacia el cual fue conducido, debes acceder al siguiente enlace.
Los documentos necesarios para hacer estos trámites son los siguientes:
Tipo de vehículo | Día 1 | Día 2 | Día 3 | Día 4 al 30 |
---|---|---|---|---|
Motocicletas y similares | $31.000 | $43.000 | $67.700 | $9.700 |
Vehículos livianos y medianos | $95.700 | $100.000 | $114.700 | $38.400 |
Vehículos pesados | $265.700 | $278.000 | $318.700 | $106.400 |
Bicicletas | $5.000 | $5.400 | $6.000 | $2.000 |
Carretilla | $10.700 | $11.000 | $12.700 | $4.400 |
Patinetas con o sin motor | $4.400 | $6.000 | $9.400 | $1.400 |
Fuente: Movilidad Bogotá.
Además, ahora se puede tramitar la salida de patios de vehículos de manera virtual para las siguientes infracciones: B01, C14, D02, H02, D03, D04, D05, D06 y D07 en este sitio web de la Secretaría de Movilidad de Bogotá..
Si se trata de una moto con infracción D03, D04, D05, D06 y D07, primero se deberá pagar el comparendo antes de procesar la salida.
En caso de que se trate de otras infracciones diferentes a las antes mencionadas se deberá agendar una cita (puede hacerlo desde el sitio web) para hacer el trámite de manera presencial.