El artículo 1973 del Código Civil indica que el contrato de arrendamiento es aquel en el que “las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, o a ejecutar una obra o prestar un servicio, y la otra a pagar por este goce, obra o servicio un precio determinado.”
Entonces, el contrato de arrendamiento de un vehículo es el que permite a una persona hacer uso de un automotor a cambio de un pago que se realiza al propietario del bien o arrendador.
Siempre se recomienda hacer un contrato cuando se celebre un acuerdo de este tipo, en el que se establezcan todas las condiciones y obligaciones de cada parte, de modo que no se deba confiar sólo en la palabra de las partes. También se aconseja que este documento sea notariado y que cada parte conserve una copia del contrato original.
Conoce el contrato de compraventa de un vehículo
Entre los elementos infaltables de un contrato de arrendamiento de vehículo encontraremos:
Recuerda que si cualquiera de los ítems antes expuestos puede dar lugar a malinterpretaciones o libertades que ocasionaría problemas entre las partes. Es por esto que el documento debe ser minucioso y cubrir todas las situaciones potenciales.
Como vimos anteriormente, son las partes las que deben determinar cuándo desean dar terminación del acuerdo. También se puede hacer de forma unilateral.
Sin embargo, hay algunos casos que pueden dar por terminado el contrato. A saber:
Algunas instituciones financieras ofrecen la modalidad de renting para empresas. De esta manera, una organización que necesite una flota de vehículos, no requiere hacer esta gran inversión.
El renting se basa en un contrato de arrendamiento operativo que normalmente incluye algunos servicios, dependiendo del arrendador o la empresa de renting.
Importante saber que el canon que se paga por concepto de arrendamiento es deducible ciento por ciento del impuesto de renta.