Cuando se tiene un comparendo de tránsito pendiente, y el infractor no tiene las posibilidades de pagar de una sola vez el valor de la multa, existe la posibilidad de llegar a un acuerdo de pago con el organismo de tránsito. El valor de la multa de va pagando poco a poco hasta lograr cancelarla del todo y quedar a paz y salvo.
En este artículo te explicamos por qué es importante estar a paz y salvo.
Según la Secretaría de Tránsito de Bogotá, los requisitos que se solicitan son los siguientes:
Además, se requieren los siguientes documentos:
El acuerdo de pago puede suscribirse en cualquier momento, siempre y cuando cumpla con los requisitos antes mencionados.
Al tener un acuerdo de pago vigente, aparecerá con paz y salvo ante el organismo de tránsito.
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El interesado debe acudir a la sede de Secretaría de Tránsito local con los documentos y acercarse a la ventanilla de acuerdos de pago.
El encargado le indicará cuál es el monto adeudado más los intereses. El sistema indica cuántas cuotas se deben pagar según el acuerdo. La primera cuota se debe pagar dentro de los siguientes 30 días.
Se puede pagar de manera presencial, en cualquier oficina de la Secretaría de Movilidad; de manera virtual, a través de www.movilidadbogota.gov.co y por PSE o consignación bancaria.
Si usted suscribe un acuerdo de pago, se emite una comunicación, invitando a pagar lo adeudado. Pasados 90 días sin haber realizado el pago de la deuda, se emite la resolución donde se declara el incumplimiento y da inicio o continuidad al procedimiento de cobro coactivo.
Igualmente, pasados 60 días de haberse iniciado la mora, se procederá a reportar al ciudadano a los operadores de información financiera.
Vale acotar que la persona no podrá volver a financiar la deuda. Se deberá pagar la totalidad de la multa más intereses para quedar a paz y salvo.
Sí. Luego de suscribir su acuerdo y cancelado la primera cuota, deberá solicitar el proceso de desembargo.
El ciudadano deberá acercarse de forma presencial y con el comprobante de pago a una de las sedes de Secretaría Distrital de Movilidad y solicitar la actualización. El tiempo de respuesta es de 15 días hábiles.
Al suscribir un acuerdo de pago, el término de prescripción se interrumpe, y se reinicia si se incumple el acuerdo.
El pasado 24 de julio se firmó la ley 2027 de 2020 que establece una amnistía para infractores que tengan multas y acuerdos de pago incumplidos hasta el 31 de mayo de 2020.
En ese caso, quienes suscriban acuerdos de pago podrán contar con el plazo de 1 año a partir de la fecha de suscripción del acuerdo para ponerse al día con lo debido. En caso de fallar aunque sea una sola cuota, se perderá el beneficio y se iniciará la ejecucuón del total adeudado.
Informe Autofact Chile
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