Multa por girar en U

La ley de tránsito colombiana no especifica sobre esta maniobra salvo por la típica señalética que todos conocemos. Aquí te explicamos cómo y cuándo es mejor girar en U.

Cómo y cuándo está prohibido girar en U

La maniobra de girar en U hace dudar a cualquiera por dos razones, la primera es que no siempre el radio de giro de nuestro auto permite que logremos virar en U, pero la más importante es saber si realmente está permitido girar en U donde deseo hacerlo.

¿Cuándo puedo girar en U? ¿Qué dice la ley al respecto? ¿Hay multas por virar en U en Colombia? Acá te contamos.

¿Cómo virar en U y cuándo está prohibido hacerlo?

Si bien pueden cambiar algunos detalles entre los distintos lugares de Colombia y el mundo, en general las reglas de tránsito suelen ser muy parecidas, por lo que antes de girar en U se debe tener en cuenta lo siguiente:

  • Siempre estar posicionado en el carril izquierdo para eso. Es raro que sea vialmente posible que hagas un viraje en U hacia la derecha. Fíjate que tu viraje coincida con el sentido de las pistas.
  • Si en un lugar determinado no dice expresamente “no girar en U” con el símbolo que todos conocemos, entonces sí puedes hacerlo. Eso sí, ojo con las maniobras.
  • Si hay vía exclusiva de buses a tu izquierda, no se puede virar en U.
  • Realizar la maniobra con todos los sentidos puestos en la conducción, pues en muchos casos, aunque no esté prohibido, te vuelves un obstáculo momentáneo para el tránsito.

¿Qué dice el Código Nacional de Tránsito de Colombia respecto a girar en U?

Revisamos completo el Código Nacional de Tránsito Terrestre y no hay una mención específica a la maniobra, pero sí regula varias acciones que bien podrían ser parte de la acción de girar en U.

Todas estas normas y artículos son parte del título y capítulo III de la ley, que por ejemplo en su artículo 60, sostiene que toda maniobra de cambio de carril debe ser anunciado con las luces direccionales, evitando entorpecer el tránsito.

Asimismo, es obligación de todo conductor respetar la señalización del tránsito. En el artículo 111 se desglosa la prelación de estas según de donde provengan. Si giras en U en una zona donde esta maniobra esté prohibida, ya sea por un agente de tránsito o por una señal vertical u horizontal, te expondrás a ser multado por este concepto. 

Por su parte, el artículo 67 también hace referencia a las luces direccionales antes de girar o cambiar de carril. Eso sí, advierte que, en caso de desperfecto de esas luces, se pueden hacer señales manuales.

Por ejemplo, si quieres virar a la izquierda extiende el brazo horizontalmente por la ventana, mientras que si quieres girar a la derecha lo levantas como aparece en la siguiente figura. Del mismo modo podrás ver la señal para disminuir la velocidad o detenerse.

Fuente: Epermittest

¿Cuál es la multa por girar en U en un lugar o circunstancia indebida?

Todos los años, el valor de las multas de tránsito en Colombia sube en relación con el salario mínimo y se mide en salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), que para el año 2023 corresponde a $38.667.

Con ello, debes considerar que las infracciones de tránsito tienen un cobro asociado según su nivel de gravedad y a continuación te detallamos las acciones por las cuales te pueden multar si viras en U sin precauciones o sin obedecer las restricciones impuestas en el reglamento. 

ManiobraMulta (SMLDV)Valor en MXN peso (2023)
Dejar de señalizar con las luces direccionales o mediante señales de mano y con la debida anticipación, la maniobra de giro o de cambio de carril.15$580.000
Bloquear una calzada o intersección con un vehículo, salvo cuando el bloqueo obedezca a la ocurrencia de un accidente de tránsito.15$580.000
No respetar las señales de tránsito4$154.668
Circular en sentido contrario del tránsito30$1.160.000

Valor de las multas de tránsito actualizadas 2023

Las multas de tránsito en Colombia están categorizadas según su gravedad. Pueden ir de la A a la E, siendo las A menos graves y las E muy graves.

De acuerdo con el tipo de infracción, los conductores serán sancionados con:

A: 4 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).

B: 8 SMDLV.

C: 15 SMDLV.

D: 30 SMDLV.

E: 45 SMDLV.

Así, como expresa el artículo 131 sobre multas, quienes no respetan señales del tránsito como “no girar en U”, se exponen a una multa tipo A, donde se paga la tarifa de 4 SMDLV.

Por otro lado, si además no señalizas con las luces direccionales para ejecutar la maniobra, y ni siquiera te esfuerzas en hacer señales manuales, incurres en una falta clase C, por la que se pagan 15 SMDLV. Además, si no acatas una señal impartida por un agente de tránsito, también te expones a la misma clase de infracción.

Ya transitando por las multas clase D, que castiga con 30 SMDLV, si es que giras en U y circulas contra el tránsito en una vía, calzada o carril. A su vez, si las maniobras son aún más imprudentes te expones a sanciones más altas y en caso de un accidente, puedes verte envuelto en líos penales.

Foto portada: GNP Driving School

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