Conoce las principales multas de tránsito y sus valores en 2024

Una infracción puede dar lugar a una multa de tránsito, una amonestación o hasta la suspensión de tu licencia de conducción. Conoce más sobre los tipos de sanciones según lo dicta el Código de Tránsito de Colombia.

Tipos de sanciones de tránsito en Colombia 

Al cometer una infracción de tránsito, hay varias penalidades a las que te podrías enfrentar. Ellas van desde la realización de un curso de dos horas, hasta la inmovilización o retención del vehículo. Entre los tipos de sanciones que existen se encuentran:

  • Amonestación: La amonestación consiste en la asistencia a cursos obligatorios de educación vial. El infractor que incumpla la citación al curso será sancionado con multa equivalente a 5 SMDLV ($217.000 en 2024).
  • Multa: La autoridad de tránsito impone el comparendo correspondiente a la infracción y se establecen en salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).
  • Suspensión de la licencia de conducción.
  • Suspensión o cancelación del permiso o registro.
  • Inmovilización del vehículo: Consiste en suspender temporalmente la circulación del vehículo por las vías públicas o privadas abiertas al público. El vehículo se lleva a parqueaderos autorizados hasta que se subsane la causa de la infracción.
  • Retención preventiva del vehículo.
  • Cancelación definitiva de la licencia de conducción.

¿Cuánto debe pagar quien comete una infracción de tránsito en Colombia?

Aquí el valor de algunas de las multas más frecuentes:

Conoce la multa por manejar un vehículo sin licencia o pase de conducción

  • Multa por conducir un vehículo sin portar licencia de conducción: 8 SMLDV, lo que en 2024 equivale a $347.000.
  • Multa por estacionar un vehículo en sitios no permitidos: 15 SMLDV, lo que en 2024 equivale a $650.000.
  • Multa por no utilizar el cinturón de seguridad: 15 SMLDV, lo que en 2024 equivale a $650.000.
  • Multa por conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida: 15 SMLDV, lo que en 2024 equivale a $650.000.
  • Multa por no portar el SOAT: 30 SMLDV, lo que en 2024 equivale a $1.300.000.
  • Multa por no realizar la revisión técnico-mecánica del vehículo: 15 SMLDV, lo que en 2024 equivale a $650.000.
  • Multa por utilizar sistemas móviles de comunicación o teléfonos al momento de conducir: 15 SMLDV, lo que en 2024 equivale a $650.000.
  • Multa por transitar en contra vía: 30 SMLDV, lo que en 2024 equivale a $1.300.000.
  • Multa por no detenerse ante la luz roja del semáforo o una señal de Pare: 30 SMLDV, lo que en 2024 equivale a $1.300.000.
  • Multa por conducir en estado de embriaguez: Las multas van desde los 90 SMLDV (con grado 0 y primera reincidencia) hasta los 1.440 SMLDV (con grado 3 y tercera reincidencia), es decir, entre $3.900.000 y $62.400.000 para la vigencia 2024.

¿Existe algún descuento en el valor de las multas?

Sí. El conductor tiene la posibilidad de pagar solo el 50% del valor de la multa si la paga los primeros 5 días hábiles después de haber sido impuesta la sanción. Deberá, además, realizar un curso de Seguridad Vial en un Centro Integral de Atención al Infractor de cada ciudad que corresponde al 25% del pago de la deuda.

Si el infractor paga entre el día 6 y el día 20, paga el 75% del valor de la multa más el curso y después del día 20, tendrá que pagar el valor total de la multa más el curso citado

En caso de que el conductor se niegue a pagar la multa, puede comparecer en una audiencia pública dentro de los siguientes 5 días hábiles después de impuesta la multa y demostrar su inocencia.

Si se le encuentra inocente, quedará absuelto de pagar la multa. Si se le encuentra culpable, debe pagar el 100% de la multa.

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¿Qué pasa en caso de reincidencia?

Si el conductor comete más de una falta de tránsito en un período menor a seis meses, entonces se suspenderá la licencia por un término de seis meses y en caso de una nueva reincidencia, se doblará el valor de la sanción.

Adicionalmente, la Ley indica que todos los infractores que tengan multas pendientes, las están pagando actualmente o mantiene acuerdos de pago incumplidos hasta la fecha anteriormente mencionada, podrán acceder a un descuento del 50% del total de su deuda y del 100% de sus respectivos intereses. Esto sin necesidad de asistir al curso pedagógico.

Igualmente, quienes suscriban acuerdos de pago dentro del término señalado, tendrán un año contado a partir de la fecha de suscripción del acuerdo para pagar. Sin embargo, si se incumple, aunque sea 1 cuota, se perderá el beneficio de la amnistía.

Excepciones a esta ley: No se concederá amnistía a aquellos conductores que, al momento de cometer la infracción, se hayan encontrado en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas. 

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